En Chile, la construcción de pozos profundos para obtener agua subterránea está sujeta a regulaciones legales importantes que debes tener en cuenta antes de iniciar un proyecto. Aquí, resumimos las consideraciones clave:
1. Derecho a excavar pozos para uso doméstico:
El Código de Aguas (DFL 1.122 del Ministerio de Justicia) otorga a los propietarios el derecho automático de cavar pozos en sus propiedades para satisfacer necesidades de uso doméstico, como el consumo humano, la higiene personal y la agricultura de subsistencia. Este derecho no requiere concesión administrativa y no debe tener fines comerciales.
2. Definición de «uso doméstico»
El reglamento sobre normas de exploración y explotación de aguas subterráneas (artículo 51 del Decreto N.° 203, de 2014) define el «uso doméstico» como el aprovechamiento del agua extraída del pozo para satisfacer necesidades esenciales, sin propósitos económicos. Esto incluye el consumo humano y la subsistencia agrícola.
3. Excepciones para pozos de subsistencia:
En el caso de que tu pozo esté dentro del radio de protección de otro pozo registrado, el artículo 26 del reglamento sobre normas de exploración y explotación de aguas subterráneas establece que las normas de distanciamiento no se aplican a los pozos de subsistencia. Esto significa que, si tu objetivo es la subsistencia y no afectas gravemente el suministro de agua de otros pozos, puedes construirlo.
En resumen, al construir un pozo profundo en Chile, ten en cuenta tus derechos legales para uso doméstico y las regulaciones que lo rodean. Asegúrate de que tu proyecto se ajuste a las definiciones legales y, si es necesario, busca asesoramiento legal para garantizar el cumplimiento de las normativas vigentes. La gestión adecuada de los recursos hídricos es fundamental para la sostenibilidad y el bienestar de todos los ciudadanos chilenos.